Para poder obtener la nacionalidad española es necesario cumplir con una serie de requisitos:
- Residencia continuada en España inmediatamente anterior a la solicitud.
- Regla general: el extranjero debe haber residido en España de forma continuada durante al menos 10 años antes de la solicitud.
- Reglas especiales:
- Cinco años (5): para aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado.
- Dos años (2): para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
- Un año (1): para aquellos que acrediten algunas de estas condiciones:
- Nacido en territorio español.
- El que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.
- El que haya estado sujeto legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles.
- El que lleve un año casado con un ciudadano de nacionalidad española.
- El viudo o viuda de española o español.
- El nacido fuera de España de padre o madre, (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.
- Buena Conducta Cívica.
- Integración.
- Carecer de antecedentes penales, tanto en tu país de origen como en España.
- Documentación en vigor.
Si se cumplen con los requisitos mencionados arriba, se puede solicitar la nacionalidad española por residencia.
Ahora bien, es muy importante que en el momento de solicitar la nacionalidad se tenga los documentos que se mencionan:
- Modelo de solicitud.
- Certificado de nacimiento del país de origen debidamente legalizado y apostillado (si no está al castellano debe estar traducido) con menos de 12 meses de emisión
- Copia completa del pasaporte en vigor con todas sus hojas.
- Certificado de antecedentes penales del país de origen apostillado (si no está al castellano debe estar traducido) con menos de 6 meses de emisión
- Certificado de empadronamiento actualizado.
- Copia completa de tu tarjeta de residencia (TIE) en vigor o copia del Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea, en caso de que seas ciudadano comunitario
- Documentación adicional que quieras adjuntar a tu expediente como puede ser copia de tu contrato de trabajo, tarjeta sanitaria, formación adicional u otros que refuercen tu integración con España.
- Certificado apto del CCSE.
- DELE en su caso (sólo para aquellas personas que no sean hispanohablantes).
- Tasa 790 código 026 abonada correctamente, tiene un importe de 102 euros.
También hay que resaltar que es obligatorio tener toda esta documentación ya que, si falta alguno de estos documentos, cuando se presenté la solicitud ante el Registro Civil, la podrán denegar por falta de documentos.
El plazo que suele tardar el Registro para contestar es de un año desde el momento que se presentó la documentación.
Es por este motivo que insistimos que la documentación esté completa y actualizada.
Si quiere obtener la Nacionalidad española no dude en solicitar cita previa y le asesoraremos y le ayudaremos a obtenerla.
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