Defensa por sanciones en Hacienda

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Abogados de defensa ante sanciones de Hacienda

¿Has recibido una notificación de hacienda?

El plazo para contestar a Hacienda es de 10 días hábiles. Si por cualquier motivo transcurren estos 10 días, sin que hayas realizado la contestación pertinente, te recomendamos responder igualmente así sea fuera del lapso, el procedimiento administrativo debería ser un poco menos formal que un proceso judicial, presenta ese escrito así sea fuera del lapso, aunque la administración no tiene obligación que tener en cuenta nuestro escrito, pero podría valorarlo.

 

Aunque te recomendamos contestar dentro de los 10 días hábiles, puedes solicitar a la Agencia Tributaria una ampliación de este plazo de 10 días, para atender el requerimiento, que se suele conceder de forma automática por el lapso de 5 días hábiles adicionales. (Esta información la puedes corroborar solicitando una cita previa en la Delegación de donde emanó el requerimiento, y solicitando la ampliación en dicha oficina). No lo dejes para el último minuto.

 

Siempre te hemos advertido que debes alegar dentro de estos diez días, por lo que la falta de contestación tendrá efectos negativos irrevocables. Como sería el caso de una multa de 150 euros (1er incumplimiento), 300 euros (2do incumplimiento) o 600 euros (3er incumplimiento), si nos requieren documentación para revisión y no la aportamos.

 

Otra consecuencia de no alegar en el lapso de 10 días, en caso del envío de una paralela de un impuesto, la propuesta de la Agencia Tributaria se entenderá firme, por lo que nos remitirán una carta de pago para abonar la diferencia, si fuera positiva. En ese momento ya no se admitirán alegaciones.

 

Igualmente, en caso de alegar en el plazo, la administración en caso de no estar conforme con nuestros argumentos, recibiremos una carta comunicándolo. En este caso podemos presentar un recurso de reposición y en caso de que este se resuelva también desfavorablemente, podemos acudir al Tribunal Económico Administrativo o abrir la puerta de la vía judicial.

 

Como siempre, en este tipo de circunstancias, nunca dejes de contar con un abogado experto en el área, si te encuentras en esta situación, contáctanos, estamos dispuestos a ayudarte.

 

¿Como funcionamos cuando usted decide contratar nuestro servicio para poder defenderle ante un requerimiento inspección o sanción de hacienda?

 

  1. Usted nos facilita una explicación del caso y copia de la documentación.
  2. Valoramos la viabilidad de la defensa o reclamación contra la Administración.
  3. Firmamos la hoja de encargo con las condiciones de la reclamación.
  4. Empezamos nuestro trabajo realizando las alegaciones pertinentes o presentando los recursos que correspondan.

Marcamos la diferencia

Cuéntenos su caso y le asesoraremos como se merece.